Agricultor Activo

Buenas tardes.

En caso de que un solicitante (sea persona física o jurídica) que sea perceptor de ayudas, controle o sea controlado por una entidad asociada que realice alguna de las actividades de las excluídas en el Anexo III del Real Decreto 1075/2014, podrá solicitar la condición de agricultor activo en base a alguna de las siguientes condiciones:

1- Que el importe anual de los pagos directos es, al menos, el 5% de los ingresos totales de las actividades no agrarias.

2- Que los ingresos agrarios anuales distintos de los pagos directos son, al menos, el 20% de los ingresos agrarios totales.

3- Que en caso de personas jurídicas o grupos de personas físicas o jurídicas, figura en sus estatutos la actividad agraria como principal objeto social o en el caso de persona física que está dado de alta en la Seguridad Social en el Sistema Especial para Trabajadores Agrarios por cuenta propia (SETA).

Mis preguntas son:

¿El cálculo de estos porcentajes (punto 1 y 2) se realizará a partir de las cuentas anuales únicamente del perceptor de ayudas o de la suma de las cuentas anuales tanto del perceptor como de la entidad asociada?

En caso de solicitar la condición de agricultor activo en base al cumplimiento del punto 3 (actividad agrícola como principal actividad en su objeto social) ¿se tendría aportar los estatutos tanto del solicitante como de la entidad asociada o únicamente los estatutos del solicitante?

Muchas gracias

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