Ayuda asociada a explotaciones de ovino 2015

 Buenos días, en relación a la ayuda a explotaciones de ovino en función de su ubicación para la anualidad 2015, en la circular 11/2015 Plan nacional de controles de las solicitudes de primas ganaderas, en el punto 3.4.2 se indica lo siguiente:

 

3.4.2. Cambios de titularidad

 

Podrán considerarse los cambios de titularidad de una explotación ganadera, motivados por:

 

· Jubilaciones en las que se transmita la explotación a un familiar de primer grado

· Programas aprobados de cese anticipado de la actividad agraria

· Incapacidad laboral permanente

· Herencias

· Cambios de denominación o del estatuto jurídico de la explotación

 

Los criterios a aplicar serán similares a los establecidos en la Circular de Coordinación de Alegaciones y otros trámites de derechos de pago básico de la campaña 2015, y solo con respecto a los casos anteriormente citados.

 

Siempre que se hayan realizado entre el 2 de enero de 2015 y la fecha de presentación de la solicitud única en el caso de que las ayudas solicitadas sean a la vaca nodriza, al vacuno de leche, o al ganado ovino o caprino. No se considerarán los cambios de titularidad en el caso de solicitantes de alguna de las ayudas asociadas para ganaderos que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico. En el caso de que se solicite alguna de las ayudas sectoriales al vacuno de cebo, el cambio de titularidad tendrá que haberse realizado entre el 1 de octubre del año anterior al que se presenta la solicitud, y la fecha de presentación de ésta.

 

No obstante, deberá verificarse que en el momento de presentación de la solicitud de ayuda por el nuevo titular de la explotación, éste ya conste como tal en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) y que la explotación se haya traspasado en su totalidad y se asocie a un único titular, que deberá coincidir con el solicitante de la ayuda.

 

Una vez verificados todos estos aspectos, a efectos del cálculo de los APS para el nuevo titular de la explotación y solicitante de la ayuda asociada a la vaca nodriza o al vacuno de leche, se podrán tener en cuenta aquellos animales que estuvieron presentes en la explotación del antiguo titular en las fechas de obligada presencia comprendidas entre el 1 de enero y el 30 de abril del año de solicitud.

 

Por este punto, me comentan en mi comunidad Autónoma, que no me corresponde esta ayuda, ya que yo compré la explotación en febrero de 2015, y entonces no soy titular de la misma en el 1 de enero de 2015. (Aunque la explotación cumple todos los requisitos recogidos en los RD que regulan la ayuda)

 

Lo que ocurre es que he buscado dicho requisito / criterio en los Reales Decretos (1075/2014) que regulan las ayudas y no lo encuentro en ningún artículo.

 

¿Pueden decirme en que normativa legalmente publicada se basa este punto de esta circular?

RESPUESTAS