cesión de derechos

 Mi madre es agricultora activa de cereal y poseedora de tierras y derechos. Próximamente tiene pensado dejar la actividad. Sus hijos (4) no somos ninguno agricultor activo y planteamos la posibilidad de arriendo con cesión de los derechos a un tercero cuando mi madre cese su actividad.

¿Podemos nosotros hacer ese arriendo?; ¿los derechos pasarían de nuestra madre a nosotros y al mismo tiempo hacer el arriendo?; ¿cuando el arriendo cesara los derechos volverían a nosotros o se perderían?

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