CESION DE DERECHOS

HOLA

En una cesión de derechos de pago básico, en un matrimonio en REGIMEN DE SEPARACION DE BIENES fallece uno de los cónyuges titular de los derechos de pago básico.

Los herederos son menores de edad, siendo el tutor legal el cónyuge sobreviviente que realmente va a ser quien se haga cargo de la explotación.

Al haber separación de bienes los herederos son los menores de edad.

Como habría de realizarse la cesión de los derechos de pago básico?

Deberian ir a los menores o al cónyuge?....

 

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