CESION DE DERECHOS DE PAGO BASICO DE UNA COMUNIDAD DE BIENES A UNA SOCIEDAD LIMITADA

Una comunidad de bienes está compuesta por tres ramas familiares, dicha comunidad explota fincas que son propiedad de estos familiares,  la comunidad de bienes tiene derechos de pago básico . Las ramas familiares se quieren separara y constituir tres sociedades distintas con aportación de las fincas que explotaba la comunidad de bienes,  para la explotación de manera independiente y ceder los derechos de pago básico de la comunidad de bienes a cada una de las sociedades previa disolución de la misma.

Preguntas:

Se pueden ceder los derechos directamente de la comunidad de bienes a las Sociedades,  acreditando la disolución de la Comunidad cedente  y las constituciones de las Sociedades cesionarias en la que participan los propietarios con aportación de los inmuebles que explotaba la comunidad de bienes .

Si no fuera posible,  y tuviera que recuperar los derechos los miembros de las ramas familiares y comuneros, estos pueden ceder en una sola petición ( comunidad de bienes, comuneros, sociedad limitada) los derechos a la sociedad limitada que se ha constituido con las fincas que explotaba la comunidad de bienes

Esta petición es para no incurrir en penalización pues se van a iniciar tres explotaciones

RESPUESTAS