Circulares FEGA régimen pequeños agricultores

Buenos días,

Pese a no superar los 1250 euros el importe total de las ayudas conforme a mi declaración del año 2015 no fui incluido de oficio en el régimen simplificado para pequeños agricultores y este año me encuentro con que no puedo modificar la región para declarar otras hectáreas admisibles, ya que se considera de aplicación el régimen de pago básico. Mis preguntas son:

1) ¿La inclusión en el régimen para pequeños agricultores debía realizarse de oficio por la Comunidad Autónoma antes del 2016? 

2) Si se me catalogó erróneamente como sujeto al régimen de pago básico, ¿cómo puede modificarse y si tendría efectos retroactivos?

3) ¿Qué causas hay para inaplicar el régimen de pequeños agricultores? ¿cuándo habría creación de condiciones artificiales? ¿existe alguna circular del FEGA que lo regule?

RESPUESTAS