Me gustaría me indicasen si despues de dejar de hacer la declaración de la PAC los derechos adquiridos se pierden automaticamente.
Si hay alguna obligación de decir que no se van a seguir utilizado por nadie.
Si las tierras que se declaraban con esos derechos, las podria declarar en la proxima declaración de la PAC cualquier agricultor que labrase las mismas, con sus propios derechos.
10/09/2018 - 10:27:56
Por otro lado, respondemos afirmativamente a su última cuestión, siempre y cuando en la declaración de la PAC el agricultor incluya dichas parcelas agrícolas admisibles de su explotación, porque estén a su disposición en régimen de propiedad, usufructo, arrendamiento o aparcería. Las parcelas que no se encuentren en alguna de las situaciones descritas anteriormente no podrían incluirse en dicha declaración.