Ecoregimenes y nueva BCAM 7

Mi consulta está relacionada con los ecoregimenes de rotación de cultivos y/o siembra directa y la nueva BCAM 7 "Rotación en tierras de cultivo excepto en cultivos bajo de agua" en la campaña 2023. Una explotación que está planificando la inminente siembra de otoño, y se desea acoger a los ecorégimenes de rotación de cultivos y siembra directa, ¿debe cumplir con los porcentajes de cultivos que fija la nueva BCAM 7, en función de la superficie? ¿Y la excepcionalidad que se plantea de las BCAM 7 y 8(tierras de barbecho) para 2023, para que serviría?. Muchas gracias

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