Modificaciones en la solicitud unica

Hola, mi consulta es sobre cuales son las opciones que se contemplan dentro de lo que se considera modificacion de la solicitud unica hasta 31 de mayo sin sufrir penalizacion.

Segun el articulo 96 del Real Decreto 1075 " 1. Una vez finalizado el plazo para la presentación de la solicitud única, los agricultores podrán, hasta el día 31 de mayo, modificar o incluir nuevos regímenes de pagos directos o medidas de desarrollo rural, añadir parcelas individuales o derechos de pago individuales siempre que se cumplan los requisitos fijados en el régimen de ayuda de que se trate. Cuando estas modificaciones repercutan en algún justificante o contrato que debe presentarse, también estará permitido modificarlo."

 

Que entra dentro de incluir nuevos regímenes? Se puede solicitar algun tipo de ayuda que por error se omitió en la solicitud?

Gracias.

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