ADQUISICION DE DERECHOS POR HERENCIA

 Buenos días,

Mi padre tenía varios derechos de Pago único, los cuales desde 2018 los tiene arrendados a un tercero por un periodo de 5 años. En Abril de 2019 ha fallecido , dejando el usufructo universal a mi madre y como herederos a mi hermano y a mi. Tenemos dudas respecto a que pasa con los derechos de la PAC, ni mi madre ni nosotros somos agricultores en Activo:

1.- Podemos mantener los derechos aunque no seamos agricultores?

2.- La cesión al tercero sigue vigente hasta los 5 años?

3.- Tenemos que comunicar a la OCA la adquisición de los derechos por Herencia?, en que plazo?

Gracias

 

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