ASIGNACIÓN DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO / SUCESIONES INTERVIVOS Y MORTIS CAUSA
Agricultor fallecido tenía de cupo 100 ha, que declara también en 2014 de las cuales 10 ha eran arrendadas y el contrato de arrendamiento finalizó en 2014 y tiene un único heredero “nuevo agricultor”:
Según la Circular 10/2015 pág. 39: “Se transmitirá el cupo correspondiente a las unidades de producción transmitidas de forma proporcional entre los herederos, dado que al cedente no le puede corresponder cupo en estos casos”.
- La alegación por herencia ¿no procede porque no recibe toda la explotación del padre y el fallecido quedaría con cupo?, o como el contrato está finalizado, ¿sí procedería la alegación? Y si el contrato no estuviese finalizado ¿procede la cesión?