Circular de Coordinación 1/20 de gestión de las comunicaciones de cesiones de derechos de pago básico. Campaña 2020. (Sustituye a la circular 35/2018)

Corresponde al Fondo Español de Garantía Agraria O.A. velar por la aplicación armonizada en el territorio nacional de la reglamentación comunitaria y de la normativa básica de desarrollo, así como por la igualdad de tratamiento entre productores y operadores en todo el ámbito nacional.  Por ello, una vez que los derechos ya han sido comunicados a los que son sus titulares durante el primer año de aplicación del régimen de pago básico en España, es necesario  establecer  los criterios para la gestión armonizada de las comunicaciones de cesión de derechos de pago básico, con efecto en la solicitud única 2020, y para la aplicación homogénea en todo el territorio nacional de las retenciones a las cesiones de los mismos. Esta  Circular  se  ha  adoptado en consenso con el MAPA y las comunidades  autónomas mediante las reuniones del grupo de coordinación del Pago Básico, constituido por el FEGA

 

Las principales diferencias respecto a la Circular correspondiente a la campaña 2019 radica en la adecuación de esta circular a los cambios realizados en los Reales decretos relativos al criterio sobre la determinación de fecha de instalación de agricultores que inician su actividad agraria y jóvenes agricultores, así como en la aclaración sobre la tributación de las cesiones en el anexo ll