Circular de Coordinación 16/2020. Criterios para el cumplimiento de la figura de agricultor activo y del control previo de la actividad agraria.

El objeto de la presente Circular de Coordinación es establecer los criterios generales y específicos para el control de la figura de agricultor activo y el control previo del cumplimiento de la actividad agraria en base a lo establecido en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, tanto en personas físicas como en personas jurídicas, para la campaña 2020.


Las modificaciones de la Circular 2020 frente a la correspondiente a 2019 son:

- Se han realizado las actualizaciones derivadas de la modificación del Real Decreto 1075/2014, que reduce de tres a una las vías para demostrar el requisito de agricultor activo tras la detección de la actividad excluida.

- Se ha introducido un nuevo apartado relacionado con el estudio de retroactividad que debe llevarse a cabo ante el incumplimiento del control previo de la actividad agraria.

- Se han introducido dos nuevos anexos. El primero incluye ejemplos de creación de condiciones artificiales sobre actividad agraria en el ámbito de las ayudas directas. El segundo incorpora un modelo de declaración responsable de ausencia de conflicto de intereses para funcionarios