El objeto de esta Circular es establecer los mecanismos para coordinar el flujo de comunicación entre las comunidades autónomas, ya sea directamente o a través del Fondo Español de Garantía Agraria, para asegurar que éstas disponen, en tiempo y forma, de los datos suficientes para efectuar los controles administrativos, en su caso, los controles sobre el terreno que garanticen la comprobación eficaz del cumplimiento de las condiciones y/o requisitos para la concesión de las ayudas asociadas a los ganaderos.