Hola, no puedo acceder a mi usuario de la aplicacion infopac, perdí el pin y no me deja obtener nuevo pin da error. Me dice que no hay consultas de la pac de ningún periodo, y yo comence a hacer la pac desde el 2018.

Buenas, quisiera saber, si el FEGA defiitivamente, se va a prorrogar por un tiempo indefinido, o como se viene escuchando se extinguirá a finales del año 2023, una vez se ha prorrogado un año más.
EL FEGA, además de ayudar a que todo el mundo pueda tener acceso a alimentos. Es un potente motor en la creación de empleo, si el FEGA se extingue y se transforma esa ayuda alimentaria, en una ayuda económica entregada directamente a las personas beneficiarias, Las personas que trabajan gracias al FEGA están condenadas a ir al paro. Como es mi caso, el gerente de la entidad donde trabajo, me advierte que si se termina el FEGA me van a despedir.
Pido que se tenga sentido común, y no se acabe el FEGA, ya que la rueda económica que mueve estas ayudas alimentarias, van unida directamente al sustento económico que produce el FEGA, a trabes de los miles de puestos de trabajo directos e indirectos que crea.
Todos deberíamos estar unidos para evitar que el FEGA se acabe como lo conocemos actualmente.
Gracias.

En relación con su consulta, le confirmamos que está prevista la ejecución de un Programa FEAD 2023 de suministro de alimentos a las personas más desfavorecidas, que será el último del actual periodo de programación 2014-2020.
En adelante, la ayuda estará incluida en el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y el Ministerio de Agricultura no participará como Organismo Intermedio de Gestión.
En lo relativo al nuevo programa, le sugerimos se ponga en contacto con la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo (UAFSE), del Ministerio de Trabajo y Economía Social, que continuará siendo Autoridad de Gestión del Programa: https://www.mites.gob.es/uafse/es/quees/contacto/index.htm
Buenos días, me gustaría saber si por una sanción puedo perder los derechos de la PAC y de ser así ¿cómo podría recuperarlos?
Muchas gracias.

“Si un agricultor que dispone de derechos de pago no activa dichos derechos durante dos años consecutivos, estos pasarán a la Reserva Nacional”.
Considerando además lo indicado en el punto 1 del mismo artículo:
“Se considerarán derechos de pago activados aquéllos justificados en la solicitud única en la región en la que se asignaron en 2015, según el Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la política agrícola común, cuya superficie resulte determinada conforme al sistema integrado de gestión y control previsto en el Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013”
(*)Es decir, se activan tantos derechos como superficie determinada que le queden al titular tras los controles en la región a la que pertenezcan los derechos y se pierden derechos por la no activación de los mismos durante dos campañas consecutivas, sin posibilidad de recuperarlos ya que pasarán a la Reserva Nacional.
La activación de derechos por tanto no depende de las sanciones posteriores que se apliquen al titular, sino de la superficie determinada tras los controles en cada región del expediente.
Por otro lado, si usted desea recibir nuevos derechos de pago básico existen dos opciones disponibles:
- Cumplir los requisitos de joven agricultor o agricultor que inicia la actividad, y solicitar derechos de la reserva nacional.
- Mediante una compraventa o arrendamiento de derechos a un agricultor que disponga de ellos y esté dispuesto a cederlos. Dichos derechos deben pertenecer a la región en la que se quieran activar.
Para informarse de los requisitos aplicables a las solicitudes de derechos de reserva nacional o de cesiones de derechos de pago básico, puede consultar la circular 04/2022 sobre criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional o la circular de la gestión de las comunicaciones de cesiones de derechos de pago básico campaña 2022 (1/2022) respectivamente.
Puede encontrar más información en la página web del FEGA www.fega.es o en la app de InfoPAC, o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma para que le informen al respecto.
Según el nuevo RD "los derechos de pago básico cuyo valor unitario inicial (el fijado a 31 de diciembre de 2021) sea inferior al valor medio regional en 2022, se incrementarán ese año en una décima parte de la diferencia entre su valor unitario inicial y el valor medio regional de 2022." Pero, para aquéllos que tenemos los derechos por encima del valor fijado, ¿cómo nos va a afectar la convergencia en los siguientes años? ¿Y con los nuevos valores de la nueva PAC?

A partir de la campaña 2023 y siguientes, el método de cálculo de la convergencia seguirá un modelo de aproximación al VMR 2026 establecido en el artículo 24 del Reglamento (UE) 2021/2115 por el que se regulan los planes estratégicos de la PAC el valor de los derechos de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, en 2023 se determinará proporcionalmente al valor de los derechos de pago básico para el año de solicitud 2022 y posteriormente aplicará la primera etapa de la convergencia establecida para el nuevo periodo. En este sentido, de acuerdo a lo indicado en el mismo artículo 24, todos los derechos alcanzarán, en 2026, al menos el 85% del valor medio regional. Así, los derechos cuyo valor se encuentre por debajo del valor medio regional tendrán, desde 2023, un proceso de convergencia al alza que será financiado con importes provenientes de los derechos cuyo valor sea superior a dicho valor medio regional. Por tanto, en el valor de los derechos en la campaña 2023 se aplicará la primera etapa de convergencia en la que todos los derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad deben llegar, al menos, a tener en esa campaña un valor igual al 76% del valor medio de la nueva región a la que pertenezcan.
Puede encontrar más información en la página web del FEGA o en la app de InfoPAC, o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma para que le informen al respecto.
Solicitudes aceptadas para el pago y el número de animales determinados, desglosados por comunidad autónoma, correspondientes a la Ayuda asociada a las explotaciones que mantienen Vacas Nodrizas en la campaña 2015/2016, en base a las cuales se han determinado los importes unitarios para esta ayuda asociada en cada uno de los dos sub-regímenes, región España Peninsular, y región Insular.
Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas. Importe unitario. Campaña 2015
Pregunta: en caso de sacrificio obligatotorio por saneamiento, se cobraría la ayuda acoplada de vacas nodrizas si los animales se sacrifican antes del 30 de Abril? Se consideraría FUERZA MAYOR?

Buenas tardes, tengo 300 hectáreas y me gustaria saber cuantas unidades ganaderas de bovino puedo tener como máximo

Hola . Soy joven agricultor incorporado en 2013. me incorpore con compra de vacas. el año pasado cobre entre pago unico y cupos de vacas mas de 24000 euros.y ahora viendo el fega entre pago basico+ verde+joven agricultor cobrare sobre 12000. es normal?. Ademas aun no e han pagado nada.

En relacion a la ayuda acoplada a la vaca nodriza, se cobrara los animales que esten en la explotacion en 4 fechas concretas siendo la ultima el 30 de abril y, que hayan parido en los 20 meses previos a la fecha final de solicitud anual, pero si un animal me ha parido en mayo de 2015 (ya que el año pasado se amplio el plazo de la solicitud) cobrare la ayuda acoplada en 2015 y si no me pare hasta mayo de 2016.... lo cobrare tambien si realmente ha parido en los 20 meses previos a la solicitud de 2016 pero ya lo cobre en 2015..?? , es decir, cobrare el mismo animal en el 2015 y en 2016 con mismo parto...?? espero que entendais la pregunta.

una novilla elegible y cobrará como novilla en 2015 y en 2016 cobrará como
vaca porque el parto contabilizaría para la siguiente campaña.
Si en dicha fecha límite el animal sí ha parido, se comprueba si el parto es
en los 20 meses anteriores:
-Si es sí: es una vaca elegible
-Si no es así: no es elegible
En cualquier caso, un mismo animal podría cobrar como vaca 2 años
consecutivos con un mismo parto, dependiendo de la fecha en la que tenga
lugar el mismo.
¿Las vacas de leche no tienen derecho a percibir el pago acoplado por nodrizas y por tanto no tienen la exigencia del parto en los últimos 20 meses? Es esto así??

Hemos recibido los pagos por el cebo pero faltan animales de los que se sacrificaron entre el 1 de Octubre 2014 y 30 de Septiembre de 2015 con edades entre los 6 y 24 meses, que además estaban nacidos en la explotación. ¿Cúal puede ser la causa? ¿Que el matadero no diese las bajas en plazo? ¿Los animales que entraron en el cebadero (cambio entre explotaciones del mismo titular) antes del 1 de Octubre de 2014 no serían válidos? Si es así ¿Esta condición se aplicará también en 2016?

Ellos podrán resolverle la duda que se le plantea a la vista de sus datos.
BUENAS TARDES,
EN RELACION A LA AYUDA ASOCIADA A LA VACA NODRIZA, SERAN PRIMABLE LOS ANIMALES QUE, ENTRE OTROS REQUISITOS, HAYAN PARIDO EN LOS 20 MESES PREVIOS A LA FECHA FINAL DE SOLICITUD ANUAL.
PUES BIEN,
SI LA FECHA DE SOLICITUD SE AMPLIA AL 31 DE MAYO O INCLUSO AL 15 DE JUNIO, EN ANDALUCIA, LA FECHA DE REFERENCIA DE PARTO PARA QUE EL ANIMAL SEA PRIMABLE SERA LA QUE SE APRUEBE AHORA, O EL 30 DE ABRIL COMO PONE EN EL ORDEN INICIAL,
ES DECIR SI ME PARE UNA VACA POR PRIMERA VEZ HOY, ENTRARIA EN EL COMPUTO DE ESTE AÑO.??
GRACIAS.

Respecto a esta ayuda serán animales elegibles las vacas nodrizas que hayan parido en los 20 meses previos a la finalización de la presentación de la solicitud unica, es decir entre el 30 de agosto de 2014 y el 30 de abril de 2016. ¿al ampliarse el plazo de la solicitud única, los 20 meses, me afecta a estas fechas?
Muchas gracias

Buenos días
Hace unas semanas planteé la misma pregunta y no he recibido contestación: la ayda al cebe de vacuno ¿que tipo de explotaciones la puede solicitar? ¿pueden solicitarla explotaciones de vacas nodrizas o de vacuno de leche?

Dentro de esta ayuda asociada se establecen las siguientes líneas de ayuda:
a) Terneros cebados en la misma explotación de nacimiento o en cebaderos comunitarios gestionados por productores de vaca nodriza en la región España peninsular.
b) Terneros cebados en la misma explotación de nacimiento o en cebaderos comunitarios gestionados por productores de vaca nodriza en la región insular.
c) Terneros cebados procedentes de otra explotación en la región peninsular.
d) Terneros cebados procedentes de otra explotación en la región insular.
Cual es el periodo de retencion de las vacas nodrizas en la pac 2016

En vacas nodrizas y vacuno de leche se hace una comprobación en 4 fechas, siendo posibles movimientos de animales entre las mismas.
Ya he realizado el curso de incorporación, pero ahora estoy muy perdido en cuanto a los pasos a realizar, para la incorporación, así como las fechas para hacerlo
