Sep 10, 2019 at 04:20
0
Unidad de Apoyo FEGA · Sep 10, 2019 at 04:19
Conforme a lo establecido en el RD 1076/2014, de 19 de diciembre, tienen derecho a percibir ayudas de Pago Básico los agricultores que posean, bien en régimen de propiedad, usufructo o arrendamiento, derechos de pago básico, debiendo presentar la declaración de solicitud Única en la campaña correspondiente, justificando sus derechos mediante hectáreas admisibles, y cumpliendo con la condición de ser agricultor activo.
Como usted bien comenta, para que un agricultor activo puede acceder a la correspondiente ayuda de pago básico existen dos vías:
-A través de una solicitud de Reserva Nacional, cuyos requisitos pueden consultarse en la Circular 1/2019 sobre criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional. Asimismo le informamos que según el Art. 26.1.a del RD 1076/2014, el valor medio de los derechos de reserva a asignar corresponderá con el valor medio regional de los derechos en el año de asignación de la reserva nacional.
-Mediante la recepción de derechos de pago básico a través de una cesión, cuyos requisitos pueden ser consultados en la Circular 35/2018 sobre la gestión de las comunicaciones de cesiones de derechos de pago básico.
En cualquier caso, para encontrar más información puede dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad o visitar la página web del FEGA o en la app de InfoPAC.
Como usted bien comenta, para que un agricultor activo puede acceder a la correspondiente ayuda de pago básico existen dos vías:
-A través de una solicitud de Reserva Nacional, cuyos requisitos pueden consultarse en la Circular 1/2019 sobre criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional. Asimismo le informamos que según el Art. 26.1.a del RD 1076/2014, el valor medio de los derechos de reserva a asignar corresponderá con el valor medio regional de los derechos en el año de asignación de la reserva nacional.
-Mediante la recepción de derechos de pago básico a través de una cesión, cuyos requisitos pueden ser consultados en la Circular 35/2018 sobre la gestión de las comunicaciones de cesiones de derechos de pago básico.
En cualquier caso, para encontrar más información puede dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad o visitar la página web del FEGA o en la app de InfoPAC.
Buenas, estoy interesado en comprar una finca de 12 hectares para el cultivo del tabaco en extremadura, nunca he sido autonomo yo me daria de alto como autonomo y me sacaria el curso para poder optar a la subvenciones y demás, la finca no tiene derecho de PAC con lo cual lo tendria que solicitar y es ahi donde tengo la duda ya que leyendo es dificil que te concedan la PAC a no ser que compres los derechos y veo tambien dificil lo del tema de la reserva nacional ya que el importe no es muy alto.
¿ donde deberia de informarme?, antes de comprar la finca ya que de esa manera no me interesaria, tampoco vamos a perder dinero si no tengo opcion de la PAC o si estoy equivicado y he entendido mal lo que he leido.
Gracias de antemano.