Recuperación pago indebido
Buenos días.
El derecho a reclamar el pago indebido prescribe a los 4 años de la comisión de la irregularidad.
En el caso de irregularidades continuas o reiteradas, el plazo se contará a partir del día en que se
haya puesto fin a la irregularidad. Pero ¿cuándo se considera que se ha puesto fin a la irregularidad?
Por ejemplo: agricultor que cobra 2007, 2008, 2009 en base a una asignación pero se le regulariza la misma a menos viéndose afectadas esas campañas por recuperación de pago indebidos. La regularización se debe a la ejecución tardía de una cesión 2007. ¿Cuándo se supone que se puso fin a la irregularidad? ¿Cuándo se aprobó la cesión 2007 y actualizó la asignación, cuándo cobró el último pago de PU PAC2009?
Gracias