Hola, no puedo acceder a mi usuario de la aplicacion infopac, perdí el pin y no me deja obtener nuevo pin da error. Me dice que no hay consultas de la pac de ningún periodo, y yo comence a hacer la pac desde el 2018.

Buenas, quisiera saber, si el FEGA defiitivamente, se va a prorrogar por un tiempo indefinido, o como se viene escuchando se extinguirá a finales del año 2023, una vez se ha prorrogado un año más.
EL FEGA, además de ayudar a que todo el mundo pueda tener acceso a alimentos. Es un potente motor en la creación de empleo, si el FEGA se extingue y se transforma esa ayuda alimentaria, en una ayuda económica entregada directamente a las personas beneficiarias, Las personas que trabajan gracias al FEGA están condenadas a ir al paro. Como es mi caso, el gerente de la entidad donde trabajo, me advierte que si se termina el FEGA me van a despedir.
Pido que se tenga sentido común, y no se acabe el FEGA, ya que la rueda económica que mueve estas ayudas alimentarias, van unida directamente al sustento económico que produce el FEGA, a trabes de los miles de puestos de trabajo directos e indirectos que crea.
Todos deberíamos estar unidos para evitar que el FEGA se acabe como lo conocemos actualmente.
Gracias.

En relación con su consulta, le confirmamos que está prevista la ejecución de un Programa FEAD 2023 de suministro de alimentos a las personas más desfavorecidas, que será el último del actual periodo de programación 2014-2020.
En adelante, la ayuda estará incluida en el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y el Ministerio de Agricultura no participará como Organismo Intermedio de Gestión.
En lo relativo al nuevo programa, le sugerimos se ponga en contacto con la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo (UAFSE), del Ministerio de Trabajo y Economía Social, que continuará siendo Autoridad de Gestión del Programa: https://www.mites.gob.es/uafse/es/quees/contacto/index.htm
Buenos días, me gustaría saber si por una sanción puedo perder los derechos de la PAC y de ser así ¿cómo podría recuperarlos?
Muchas gracias.

“Si un agricultor que dispone de derechos de pago no activa dichos derechos durante dos años consecutivos, estos pasarán a la Reserva Nacional”.
Considerando además lo indicado en el punto 1 del mismo artículo:
“Se considerarán derechos de pago activados aquéllos justificados en la solicitud única en la región en la que se asignaron en 2015, según el Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la política agrícola común, cuya superficie resulte determinada conforme al sistema integrado de gestión y control previsto en el Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013”
(*)Es decir, se activan tantos derechos como superficie determinada que le queden al titular tras los controles en la región a la que pertenezcan los derechos y se pierden derechos por la no activación de los mismos durante dos campañas consecutivas, sin posibilidad de recuperarlos ya que pasarán a la Reserva Nacional.
La activación de derechos por tanto no depende de las sanciones posteriores que se apliquen al titular, sino de la superficie determinada tras los controles en cada región del expediente.
Por otro lado, si usted desea recibir nuevos derechos de pago básico existen dos opciones disponibles:
- Cumplir los requisitos de joven agricultor o agricultor que inicia la actividad, y solicitar derechos de la reserva nacional.
- Mediante una compraventa o arrendamiento de derechos a un agricultor que disponga de ellos y esté dispuesto a cederlos. Dichos derechos deben pertenecer a la región en la que se quieran activar.
Para informarse de los requisitos aplicables a las solicitudes de derechos de reserva nacional o de cesiones de derechos de pago básico, puede consultar la circular 04/2022 sobre criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional o la circular de la gestión de las comunicaciones de cesiones de derechos de pago básico campaña 2022 (1/2022) respectivamente.
Puede encontrar más información en la página web del FEGA www.fega.es o en la app de InfoPAC, o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma para que le informen al respecto.
Según el nuevo RD "los derechos de pago básico cuyo valor unitario inicial (el fijado a 31 de diciembre de 2021) sea inferior al valor medio regional en 2022, se incrementarán ese año en una décima parte de la diferencia entre su valor unitario inicial y el valor medio regional de 2022." Pero, para aquéllos que tenemos los derechos por encima del valor fijado, ¿cómo nos va a afectar la convergencia en los siguientes años? ¿Y con los nuevos valores de la nueva PAC?

A partir de la campaña 2023 y siguientes, el método de cálculo de la convergencia seguirá un modelo de aproximación al VMR 2026 establecido en el artículo 24 del Reglamento (UE) 2021/2115 por el que se regulan los planes estratégicos de la PAC el valor de los derechos de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, en 2023 se determinará proporcionalmente al valor de los derechos de pago básico para el año de solicitud 2022 y posteriormente aplicará la primera etapa de la convergencia establecida para el nuevo periodo. En este sentido, de acuerdo a lo indicado en el mismo artículo 24, todos los derechos alcanzarán, en 2026, al menos el 85% del valor medio regional. Así, los derechos cuyo valor se encuentre por debajo del valor medio regional tendrán, desde 2023, un proceso de convergencia al alza que será financiado con importes provenientes de los derechos cuyo valor sea superior a dicho valor medio regional. Por tanto, en el valor de los derechos en la campaña 2023 se aplicará la primera etapa de convergencia en la que todos los derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad deben llegar, al menos, a tener en esa campaña un valor igual al 76% del valor medio de la nueva región a la que pertenezcan.
Puede encontrar más información en la página web del FEGA o en la app de InfoPAC, o dirigirse a la oficina de atención correspondiente de su comunidad autónoma para que le informen al respecto.
muy buenas esta campaña 2015-2016 he cobrado algo de pac ya segun me han dicho faltan los animales pero mi consulta es otro y quisiea saber el tema de yeros y olivar ya que recibi una carta con una cantifad de dinero que me habian asignado por sembrar yeros y que lo tenia aprobado por 5 año y me gustaria saber si eso va incluido en el pago basico y el pago verde o en otro tipo de pago. saludos

Por otro lado, para poder recibir el pago verde, deberá realizar una serie de prácticas beneficiosas para el medio ambiente. En el caso de las tierras de cultivo, si tiene entre 10 y 30 hectáreas de tierras para cultivo anual, deberá poner al menos dos cultivos diferentes, no pudiendo superar el predominante el 75% de la superficie. Si tiene más de 30 hectáreas, serán como mínimo tres cultivos los que deberá tener, no pudiendo superar el primero el 75% de la superficie y los dos primeros el 95%. Le recordamos que el barbecho cuenta como cultivo. Para las tierras de cultivo, también tendrá que dejar un 5% de superficie de interés ecológico, para lo que puede dejar ese 5% de las tierras en barbecho o cultivar plantas fijadoras de nitrógeno, como son los yeros. En relación a las tierras de cultivo permanente, no tiene que hacer nada en ellas para poder cobrar el pago verde.
Respecto a la carta que comenta con una aprobación por 5 años de ayuda para yeros, puede que se trate de un compromiso de PDR.
Necesitaríamos tener más información al respecto para poderle responder de manera adecuada.
quiero saber cuanto cobraremos los remolacheros de subvención d la remolacha

- Remolacha azucarera de siembra primaveral: zona geográfica al norte del paralelo 39 norte.
- Remolacha azucarera de siembra otoñal: zona geográfica al sur del paralelo 39 norte.
En este año 2015 los importes han sido 521 € para la zona de siembra primaveral y 283 para la zona de siembra otoñal, pero podrían sufrir modificaciones a lo largo de las próximas en función de la superficie sembrada. Además, debe informarse sobre si su comunidad autónoma tiene ayudas a este cultivo en el marco del desarrollo rural.
Que requisitos agronomicos deben cumplir los cultivos y que articulos de la legilasción lo determinan para poder ser beneficiario de las ayudas PAC sin penalización y concretamente , ¿un cultivo tiene la obligación de ser cosechado y declarar esta cosecha? o es suficiente con que llegue al estado fenologico de floración.. Se puede segar un cultivo en verde sin llegar al estado de floración o si llega a floracion y se siega en verde sin obtener la cosecha de grano habitual en cultivos herbaceos como cereales o leguminosas que consecuencias tiene en las ayudas PAC. Si un año por circunstancias climatologicas o agronomicas muy desfavorables determinadas parcelas se decide no cosechalar por ser mas costosa la recoleccion que la cosecha que se espera obtener, en este supuesto existe alguna penalización o esta permitido hacer esta practica de no segar ? Se entiende que el cultivo ha estado implantado ha florecido pero existe una produccion muy deficiente.
Espero su contestacion detallada
Un saludo

En general para ayudas desacopladas (pago básico y pago verde por diversificación) no hay obligación de cosechar ni de llevar el cultivo a un estado madurativo concreto, pero tienen que existir evidencia de que el cultivo ha existido y no se ha abandonado. En el caso de las ayudas acopladas (arroz, proteicos, algodón, etc) y en el caso de la medida de superficies de interés ecológico del pago verde, cada una tiene sus condiciones específicas que puede consultar en el capítulo 1 del Titulo IV del Real Decreto 1075/2014 en el que se regulan las ayudas acopladas por superficie y en el anexo VIII del mismo Real Decreto en el que se regulan los requisitos y condiciones que deben cumplir las superficies de interés ecológico para el pago verde donde se describen de manera detallada hasta que estado de maduración deben mantenerse los cultivos fijadores de nitrógeno para que puedan considerarse como superficie de interés ecológico.
Tengo varias ha.almendros, nunca he hecho la PAC, por tanto no tengo derehos. mi pregunta es ¿ Puedo hacer este año la declaracion de la PAC y solicitar la ayuda H ( pago asociado a frutos de cascara ) sin estar asociado a una cooperativa almendrera.?

Percibirá la ayuda siempre que cumpla con los requisitos preceptivos de superficie mínima, densidad de árboles y sistema de explotación (secano en el caso de almendros).
En una parcela de labor de riego, catalogada como Tierra Arable en Sigpac, y elegible para siembra de algodon para el cobro de la ayuda asociada, voy a sembrar frutales. Dado que estos serán palos pequeños en proceso de enraizamiento y desarrollo en los meses en que se cumple todo el ciclo del algodón, me planteo sembrar algodon, dejando 1,9 metros (2 surcos de algodon) sin sembrar, en el líneo de frutales plantados, pero con la densidad mínima de plantas por hectárea requerida por la normativa
El cambio de cultivo a SIGPAC, se solicitará una vez hayan agarrado adecuadamente la plantación de frutales, por lo que durante todo el ciclo de cultivo del algodón, será tierra arable y con dicho cultivo.
¿Puedo solicitar ayuda asociada al algodón en esta campaña?

El caso que plantea es muy específico y, por tanto, debe consultar con la Comunidad Autónoma que gestiona su solicitud para que le informe si cumple todas las condiciones para el posible cobro de la ayuda acoplada en base a la normativa nacional y autonómica.
Hola buenas:
Mi duda es si la ayuda acoplada se incluye dentro del pago basico o el pago verde o se cobra independientemente de estos dos pagos atras mencionados.
Si es asi ¿ por que puede ser que no este cobrando esta ayuda? porque sume pago basico+pago verde+ayuda acoplada y me falta la ayuda acoplada ( suponiendo que no se incluya en el pago basico o verde ). La ayuda estoy casi seguro que esta solicitada porque pertenezco a una cooperativa de frutos secos y ellos me tramitan la ayuda, ya no se si es que se la queda la cooperativa, si es que esta solicitada pero denegada por alguna razon que no se me ha comunicado... espero alguna respuesta, un saludo y gracias de antemano

Si aún no la ha cobrado, puede ser por varios motivos: lo mejor es que consulte con su cooperativa al respecto o bien con la Comunidad Autónoma que tramita su solicitud, para saber exactamente el motivo del retraso o de la posible denegación que usted sospecha.
Hace ocho años hice un proyecto de regadio de 70Has.,con aguas subterráneas ,varias balsas,tuberías bajo tierra,bombas,y cañones.Fue aprobado por confederación,en su día.
Mi pregunta:podría solicitar la pac en vez de secano como regadio.?

Los posibles cruces que se efectúen al respecto, se realizarán contra el Sigpac de referencia: si el sistema de explotación no está actualizado en el mismo, puede tener algún aviso al respecto para las parcelas que aún estén como secano.
Tenga en cuenta que si solicita ayudas acopladas que solamente se concedan en secano, no percibirá las mismas si su sistema de explotación en la campaña en curso es el regadío.
Si a lo que se refiere es la región de los derechos de Pago Básico, la transformación en regadío de la explotación que se ponga de manifiesto ahora, no va a afectar a la región que esos recintos ya tengan asignada.
Hola tenemos superficie de chopos desde hace 14 años ya subastada y se cortaran en un año, he leido que la ley de montes cambio en 2015 y que una superficie de chopos puede reclasificarse a agricoña y no forestal y recibir pac,soy joven agricultor que me incorporo y me gustaria saber si es asi pues nadie me lo sabe decir bien y expertos me comentan seria forestal sin ayuda pero con la nueva ley de montes entiendo que no es asi, gracias.

Según tengo entendido, hasta el año 2016 las SIE debían cumplir, entre otros requisitos, con que el año anterior tenían que haber estado sembradas.
Según me han comentado, para el año 2017 ha habido una modificación, que no tengo clara y es lo siguiente:
Que si tengo superficies declaradas en Millora dels habitats esteparis Xarxa Natura 2000 en barbecho, estas las puedo utilizar como SIE, sin tener que dejar otras superficies de barbecho, si con las anteriores me cubren el 5% de la superficie de cultivo que necesito para la SIE.
En espera de sus noticias lo antes posible
Saludos.
Joan Balasch i Vilalta

Por tanto, si usted declara un barbecho no productivo lo podrá utilizar como SIE siempre y cuando el año anterior esas mismas hectáreas no se hayan también contabilizado como SIE con un cultivo fijador de nitrógeno.
Es posible recibir ayudas en las superficies de pastos de una explotación sin ser titular de una explotación ganadera ( REGA), manteniendo los mismos en condiciones productivas adecuadas, mediante el pastoreo por ganado ovino de terceras personas, que justificarian que no se encuentran en estado de abandono, como por ejemplo la existencia en el terreno de estiercol, restos de lana, veredas, ETc Etc.
.a
estando en eestan mantenidos concretamente por el

Estimados Srs.
Tengo 20 has de cultivo en comunidad autonoma de Aragon. ¿ Puedo sembrar 10 de cebada y 10 de trigo sin dejar nada de barbecho ?
Esperando su respuesta. Gracias

Que fechas se usan en 2017 para la determinación de la carga ganadera para establecer la carga minima de 0,2 UGM/ha para activar los derechos correspondientes sobre las superficies pastables.
