Cultivos herbáceos
May 06, 2016 - 07:38

 Buenas tardes: 

Tengo un expediente con una parcela (TA) sembrada de (305) mezcla avena trigo. El tipo de semilla es reempleo, sin embargo al ponerlo no me valida correctamente esa opción ni tampoco la de no poner el tipo de semilla. ¿cual es el problema? las incidencias que me da al tratar de finalizar son por falta de tipo de semilla. Muchas gracias por su atención

Unidad de Apoyo FEGA · May 06, 2016 - 07:36
El tipo de semilla es obligatorio para cultivos de cereales o de oleaginosas y los valores posibles son certificada o reempleo, a elegir según la circunstancia. Se verifica que, con esos cultivos, no se pueda dejar el campo sin dato.
Si el cultivo está correctamente clasificado en su Comunidad Autónoma, no debería persistir el problema. Le aconsejamos que acuda a su Comunidad Autónoma para que le indiquen cual puede ser la incidencia.

May 09, 2016 - 09:50

Si se siembra avena como pastos para el ganado o siega para heno, como debe declararse en las ayudas PAC 2016 ?, como cultivo de avena (código 008), o o como hierbas u otros forrajes herbaceos, en concreto, pastos de menos de 5 años (código 63), u otra codificación distinta a las anteriores.

Unidad de Apoyo FEGA · May 09, 2016 - 09:48
Para el caso que describe lo más adecuado es que declare esos recintos de producto 8 (avena) si es que lo utiliza para siega y del producto 63 (pastos temporales de menos de 5 años) si es que lo utiliza como pasto a diente.



May 25, 2016 - 09:41

En la declaración PAC  2015 renové los compromisos agroambientales en cultivos herbáceos, iniciando así un nuevo periodo de cinco años. En el segundo año 2016 hago un cambio de cultivo en algunas parcelas ecológicas, consistente en pasar de herbáceos a frutales de secano (almendro). ¿Cómo quedarían estas parcelas que han sufrido un cambio de cultivo a afectos de prima agroambiental?

Unidad de Apoyo FEGA · May 25, 2016 - 09:40
En principio para percibir la ayuda de agricultura ecológica, se debe mantener la superficie de cultivos anuales y la de cada uno de los permanentes por los que fue aprobado el compromiso. Este caso concreto que usted expone llevaría, según la Comunidad Autónoma que le gestione la solicitud, desde una reducción hasta la denegación de la ayuda y recuperación de pagos percibidos. Sin embargo, es posible que la C.A. en función de sus condiciones particulares, admitiera un recálculo del compromiso en cuyo caso no tendría reducción: debe consultarlo para asegurarse en la Consejería de su Comunidad Autónoma, por ser esta la responsable de la gestión de las ayudas de la PAC.
Mar 22, 2017 - 10:30

El cultivo del ray grass (práctica habitual en nuestra zona), a pesar de ser una gramínea, se considera un cultivo forrajero y no van a poder justificar derechos si no se tiene REGA; ¿cual es el motivo de que no puedan justificar DPB cuando se aprovechan a siega y venta posterior del forraje, siempre justificado con facturas?

¿Por qué no se considera el Ray grass como la avena?

 

Unidad de Apoyo FEGA · Mar 22, 2017 - 10:30
El ray grass, aunque se considere dentro de las tierras de cultivo, se clasifica como hierba u otros forrajes herbáceos, lo que lo vincula al cumplimiento de una carga ganadera o bien a justificar que se efectúa el mantenimiento adecuado de la pradera mediante siega.
Esta opción sí está admitida por la norma. Por favor, diríjase a la Comunidad Autónoma en la que gestiona su solicitud para aclararlo, o bien envíenos más información sobre el caso concreto para determinar por qué se lo han denegado y en qué campaña de solicitud.


Aug 25, 2017 - 07:39

Nos surge la duda de si dependiendo el destino final del producto, el cultivo de la soja puede ser considerado industrial o solo herbaceo?

Unidad de Apoyo FEGA · Aug 25, 2017 - 07:39
A efectos de las ayudas PAC, atendiendo al Real Decreto (RD) 1075/2014 de 19 de diciembre y sus modificaciones posteriores, en el artículo 34 de dicho RD tanto la soja como la colza, se clasifican como cultivos protéicos cuando su destino sea la alimentación animal. De ser así, podrían acceder a la Ayuda asociada a los cultivos proteicos (junto a las ayudas de carácter general del Régimen de Pago Básico). Cabe señalar también que en el apartado e) del artículo 35 (Beneficiarios y requisitos) de dicho RD, se especifica como requisito para recibir esta ayuda lo siguiente: "Disponer de una prueba de venta o suministro a terceros de la producción o, en el caso de autoconsumo en la propia explotación, de un código REGA en el que figure como titular principal, con especies ganaderas y dimensión adecuada al consumo que se declara".
Jan 15, 2018 - 09:38

Buenas tardes:

Soy un agricultor de la provincia de Soria. Este verano he roturado unas fincas calificadas en SIGPAC como PR (Pasto Arbustivo), con intención de sembrarlas este otoño.

De acuerdo con el SIGPAC los recintos roturados NO estan en una zona sensible.

¿Como debo proceder al realizar la PAC 2018? ¿Es suficiente solicitar un cambio de uso en el SIGPAC? ¿Es necesario comunicar las actuaciones al departamento de agricultura de la JCYL?

¿Cual es el procedimiento?

Gracias por su respuesta.

Un saludo.

Roberto

 

 

 

Unidad de Apoyo FEGA · Jan 15, 2018 - 09:37
Podría solicitar un cambio de USO a Tierra Arable ( TA ) como una alegación al SIGPAC. El Tramite de Alegación al SIGPAC se puede hacer previo a la PAC 2018 ante la comunidad autónoma donde se ubiquen las fincas o en la misma Solicitud Única, presentando una alegación al SIGPAC sobre los recintos afectados de cambio de USO. Debe usted tener en cuenta que la legislación mediomabiental de la comunidad autónoma puede imponer algún tipo de limitación a la roturación de pastos permanentes, aunque no sean pastos medioambientalmente sensibles.
Nov 22, 2019 - 12:32

Buenos días, 

Dispongo de una parcela de secano que había dejado en barbecho, en los últimos años, realizando las correspondientes tareas de laboreo, que encaragaba a un agricultor que presta servicios de laboreo, cosecha,... Estos últimos años he cobrado los derechos básicos de la PAC y he sido sometido a controles para demostrar la actividad agraria, y he presentado las facturas correspondientes.

Este año este agricultor me ha solicitado sembrar la parcela. No se trata de un arrendamiento puesto que no percibo ninguna compensación económica a cambio. Y en la PAC de este año he indicado el cultivo correspondiente. 

Las consultas son:

- Este año únicamente dispongo de la factura por la labranza de la parcela, que ya he abonado al agricultor, pero no dispongo de las facturas de la semilla ni de la correspondiente liquidación. ¿Podría tener algún problema en cobrar la PAC?

- ¿Los próximos años, es más conveniente volver a dejar la parcela en barbecho (con la limitación de los 5 años), para poder disponer de toda la documentación acreditativa de la actividad agraria que se lleva a cabo en dicha parcela? 

Gracias

Unidad de Apoyo FEGA · Nov 22, 2019 - 12:32
En el artículo 11 “Actividad Agraria” del R.D. 1075/2014, establece en su apartado 3 “El solicitante declarará de forma expresa y veraz en su solicitud que los cultivos y aprovechamientos así como las actividades de mantenimiento declaradas constituyen un fiel reflejo de su actividad agraria. Si con motivo de un control administrativo o sobre el terreno realizado por la autoridad competente, se comprueba que no se han realizado los cultivos o aprovechamientos o las actividades de mantenimiento, con declaración falsa, inexacta o negligente y que, además, dicha falta de concordancia ha condicionado el cumplimiento de los requisitos en torno a la actividad agraria sobre las superficies, la autoridad competente podrá considerar que se trata de un caso de creación de condiciones artificiales para obtener el beneficio de las ayudas y estarán sujetas al régimen de penalizaciones previsto en el artículo 102.”